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viernes, 9 de marzo de 2007

D-LINK TECHNOLOGY INSTITUTE. DTI

El conocimiento en tecnología es una herramienta diferencia y fundamental en la aplicación de soluciones y una garantía de calidad para los clientes. D-Link como una de los mejores empresas de networking en el mundo, ofrece un programa de certificaciones desarrollado por Ingenieros de D-Link Corp y D-Link LatinAmerica, llamado D-Link Technology Institute (DTI).DTI, es una estructura que contempla 5 niveles de certificaciones (2 certificaciones on line y 3 Hands on Labs), en diversas tecnologías como: Wireless, Switches, Firewall, cámaras IP, entre otras. Con este programa de certificaciones D-Link garantiza un aprendizaje continuo desde formación básica a conocimientos avanzados sobre tecnologías de networking.



Corresponde al nivel 1, este curso esta dirigido a todos aquellos que trabajan con tecnología multimedia y de networking, que necesitan conocer y aprender lo básico de tecnología. Este curso es de fácil acceso, disponible en forma on-line.




Corresponde al nivel 2 de D-Link Technology Institute, dirigido a todo el público en general, quienes necesitan conocer y aprender lo básico en tecnología. Esa certificación es de fácil acceso, disponible en forma on-line.




Corresponde al nivel 3 de D-Link Technology Institute y está dirigido a todas las personas que necesitan conocer tecnologías avanzadas para dar soporte al segmento de las Pequeñas y Medianas Empresas (SMB). Esta certificación está dividida en tres etapas:


1. Curso Técnico.

2. Curso Práctico.

  • Tecnología Gateway.
  • Tecnología Switches.
  • Tecnología Wireless.

3. Certificación.




La finalidad principal de este curso es formar especialistas en diferentes tecnologías, por medio de aplicaciones de productos D-Link, especialmente en diseño e implementación. Las certificaciones disponibles son:

  • cámaras IP
  • Switches
  • Wireless
  • Firewall



Dirigida a todos los ingenieros que han aprobado exitosamente el curso D-Link Partner Certification en las categorías de Broadband, LAN, Security y Wireless. En este nivel, el ingeniero será capaz de proveer a la empresa de diseño de implementación de soluciones y un alto nivel de troubleshooting. Este curso se desarrollará de dos secciones una teórica y otra práctica.

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LA CORTE DETERMINO QUE LOS BANCOS NO PODRAN BRINDAR DATOS DE CLIENTES MOROSOS AL VERAZ
El día jueves la Corte Suprema de Justicia ratificó la prohibición de difundir "datos financieros personales" sobre titulares y beneficiarios de tarjetas de crédito. El fallo de la Corte prohíbe a las entidades bancarias a brindar informes financieros personales sobre los titulares y sus beneficiarios de extensiones cuando el titular "no haya cancelado sus obligaciones, se encuentre en mora o en etapa de refinanciación".

De esta forma rechazó una apelación presentada por la Organización Veraz, por supuesta inconstitucionalidad del artículo 53 de la ley 25.065, que regula el funcionamiento de las tarjetas de crédito.

La Corte, que con su fallo ratificó otro de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, sostuvo que esa disposición "obedece a la necesaria protección de los usuarios" de las tarjetas.

El máximo tribunal aclaró que mientras se tramitaba la causa fue dictada la ley 25.326, "que no contenía igual prohibición a la establecida en la ley 25.065".

Al respecto, la Corte sostuvo que "la sanción de la primera de las leyes mencionadas no determina la derogación tácita del artículo 53 de la última norma".

Ante ello, para el tribunal la prohibición contenida en ese artículo continúa vigente, y consideró "razonable" en la medida que tiene "la finalidad de preservar la exactitud de los datos registrados, en beneficio de sus titulares y de la seriedad de la información que se pone a disposición del público en general".

La Corte subrayó en su sentencia que esa prohibición obedece a la "necesaria protección del usuario de las tarjetas de crédito que, de lo contrario -esto es sin la centralización de la fuente de registro en el Banco Central- podría verse materialmente imposibilitado de ejercer cualquiera de los mecanismos de control sobre sus datos, autorizados por el artículo 43 de la Constitución Nacional y transformado en un paria en el mundo de las relaciones de crédito.

El fallo mayoritario fue suscripto por los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Carmen Argibay y Elena Highton, quien si bien coincidió con la decisión tuvo voto propio. El ministro Enrique Petracchi votó en disidencia.

Fuente

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